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Policía Local

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FUNCIONES

La Policía Local de Benissa tiene como objetivo la continua mejora en la calidad del servicio, extensiva a aquellas funciones más reconocidas como son proteger y velar por los derechos y libertades, garantizar la convivencia y la seguridad pública, y hacer valer el respeto a la ley y el orden social. Constituye también una demanda social su contribución en materia de seguridad ciudadana desde la proximidad, la convivencia comunitaria, la mediación y la resolución de conflictos a pie de calle, funciones en las que estaremos trabajando día a día.

Alcalde: Presidente de la Corporación, bajo cuya superior autoridad y dependencia directa se encuentra el Cuerpo de la Policía Local de Benissa.

Concejal Delegado del Área de Seguridad Ciudadana, que asume las funciones de la Alcaldía mediante la oportuna delegación.

Inspector-Jefe del Cuerpo, bajo la autoridad del Alcalde, o de la Concejalía en quien delegue, ostenta la jefatura inmediata y operativa del Cuerpo de la Policía Local.

Oficiales de Policía, a los que les corresponde la supervisión operativa y material de la ejecución de los servicios policiales.

Agentes de Policía, llevan a cabo la ejecución material de las funciones encomendadas.

GRUPO OLYMPIA. Dentro de la estructura de la Policía Local se integra el Grupo Olympia, cuya finalidad es combatir la violencia de género mediante las siguientes funciones:

  • Información, asistencia y orientación a personas que puedan estar sufriendo una situación de violencia de género.
  • Elaboración de diligencias judiciales y atestados ante hechos delictivos relacionados con la violencia de género.
  • Coordinación con el resto de servicios implicados en la lucha contra la violencia de género (servicios sociales, centro salud, Guardia Civil, etc.), participando en los distintos órganos de coordinación (mesas técnicas y mesa de coordinación policial). El seguimiento de las medidas cautelares u órdenes de protección impuestas.
  • Protección de víctimas y la realización de las Valoraciones Policiales de la Evolución del Riesgo en el sistema VioGen.

Los cuerpos de Policía Local son institutos armados de naturaleza civil, con estructura y organización jerarquizada, y bajo la superior autoridad y dependencia directa de la persona titular de la alcaldía o de la concejalía en quien delegue.

En el ejercicio de sus funciones, las personas integrantes de los cuerpos de Policía Local tendrán el carácter de agentes de la autoridad.

Dentro del ámbito de sus competencias, los cuerpos de Policía Local tienen como misión principal velar por el cumplimiento de las normas locales, autonómicas y estatales; proteger el libre ejercicio de derechos y libertades, y garantizar la seguridad pública.

Las funciones del Cuerpo de Policía Local vienen determinadas en el artículo 53.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad:

  • Proteger las autoridades de las corporaciones locales y vigilar o custodiar sus edificios e instalaciones.
  • Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el núcleo urbano, de acuerdo con el que establecen las normas de circulación.
  • Instruir atestados por accidente de circulación dentro del núcleo urbano.
  • Policía administrativa, en cuanto a las ordenanzas, los bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
  • Participar en las funciones de policía judicial, en la forma establecida en el artículo 29.2 de esta ley.
  • La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, por medio de la participación, en la forma prevista en las leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
  • Efectuar diligencias de prevención y todas las actuaciones que tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las Juntas de Seguridad.
  • Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la policía de las comunidades autónomas en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento de la orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos para eso.
  • Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.

 

Además de las anteriores funciones, el artículo 33 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana atribuye a las Policías Locales:

a) Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano y en vías de su competencia.

b) Ejercer las funciones de policía administrativa dentro del ámbito de su competencia, especialmente en lo relativo a ordenanzas, bandos y demás disposiciones municipales, así como en lo relativo a las disposiciones autonómicas respecto de las cuales les hayan sido delegadas dichas funciones.

c) Participar en las funciones de Policía Judicial, especialmente con relación al tráfico y en el ámbito de las competencias municipales, de acuerdo con la legislación vigente.

d) Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos, en el marco de colaboración establecido en las juntas de seguridad y consejos de seguridad local, tanto en el ámbito urbano como rural.

e) Intervenir en la gestión de los conflictos de la ciudadanía en el marco de la mediación policial cuando sean requeridos por la ciudadanía, colaborando de forma proactiva en la transformación de dichos conflictos.

Recepción y entrega de objetos hallados en la vía pública: Central de Policía Local en Calle Bilbao 8. Fundamentos legales: art. 615 y ss. del Código Civil.

Si ha perdido documentación o objetos importantes en nuestra localidad, desde esta sección podrá solicitar información sin la necesidad de desplazarse a nuestras dependencias. Necesitamos que nos envíe sus datos para consultar nuestra base de datos y le contestaremos por correo electrónico.

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Periódicamente el Ayuntamiento de Benissa informa en sus redes sociales de las nuevas citas para renovar el DNI en Benissa.

Para la renovación del DNI es necesario coger cita previa presencialmente en el retén de la Policía Local de Benissa.

Se tramita en dos sesiones en el Centre Social Bèrnia. En la primera se debe aportar formulario de consentimiento, DNI, 1 foto y 12€. y en la segunda sesión se recoge el DNI por parte del titular.

**Robo o pérdida: 2 fotos.⁣⁣⁣⁣⁣⁣

**Si es la primera vez, hay que llevar al niño/a acompañado del padre o madre, la partida literal de nacimiento del Juzgado (fecha de expedición menos de 6 meses) y volante del padrón.

Para la Inspección Técnica de vehículos (ITV) es necesario coger cita al 960 88 2200 u online: https://www.sitval.com/#/

CONCEJAL

JUAN MARTÍNEZ DURÁ

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JUAN MARTÍNEZ DURÁ

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